////////

La Junta de Andalucía abre el plazo para subvencionar la mejora de la accesibilidad en viviendas

El plazo para presentar las solicitudes comienza el 5 de febrero de 2024 y finaliza el 4 de marzo

1 minuto de lectura

Las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas de la Junta de Andalucía, que tienen por objeto el fomento de la mejora de la accesibilidad en viviendas, abrirá el plazo de presentación de las solicitudes el día 5 de febrero de 2024 y finalizará el día 4 de marzo de 2024, inclusive.

Se considerarán subvencionables las obras, actuaciones o instalaciones que a continuación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas incorporando mecanismos motorizados u otros dispositivos de accesibilidad. También elementos de información, de comunicación o de aviso que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores, productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en el entorno, como los bucles magnéticos.

Además, se subvencionarán elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros, dispositivos de alarma en el ascensor que garanticen un sistema de comunicación visual, auditiva y bidireccional con el exterior para los casos de emergencia o atrapamiento. Domótica y otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal.

Para solicitar estas ayudas, las viviendas deberán estar finalizadas antes de 2006, salvo que en la vivienda resida, al menos, una persona con discapacidad o mayor de 65 años, así como constituir el domicilio habitual y permanente de las personas residentes en el momento en que se soliciten las subvenciones.  Deben disponer de un informe técnico, suscrito por una persona con titulación técnica competente que acredite la procedencia de las actuaciones a realizar en la vivienda. Dicho informe habrá de tener fecha anterior a la solicitud de la subvención.

Se subvencionará la cuantía equivalente al 60% del coste de las actuaciones subvencionables, al 80% del coste de las actuaciones subvencionables cuando en la vivienda resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años y el 100% del coste de las actuaciones subvencionables cuando las viviendas objeto de las actuaciones se encuentren situadas en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada.

ENLACE PARA SOLICITAR LAS SUBVENCIONES

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Lo último

0 0.00